jueves, 29 de mayo de 2014

INICIATIVAS COSITAL ANTE MINHAP DESARROLLO REGLAMENTARIO DEL CONTROL INTERNO Y OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN.

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INICIATIVAS COSITAL ANTE MINHAP DESARROLLO REGLAMENTARIO DEL CONTROL INTERNO Y OBLIGACIONES DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN.

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Se ha recibido contestación  de la Secretaria General de Coordinación Autonómica y local, a las varias cartas remitidas por COSITAL, sobre la necesidad de racionalizar las obligaciones de suministro de información y ofreciendo nuestra colaboración para el desarrollo normativo de las materias que nos afectan a los habilitados.
Queremos resaltar que  se manifiesta una valoración muy positiva de todas nuestras iniciativas, enmarcadas  dentro de la necesaria colaboración que debe existir entre ambas instituciones.
Sobre una de las materias que más nos afectan, el desarrollo reglamentario del control interno, se nos informa  expresamente que la IGAE, cuando inicie los trabajos, contará con la participación de COSITAL.
En relación  a nuestra petición de participar en la redacción de los proyectos normativos que afectan a las obligaciones de suministro de información por parte de las entidades locales, se nos anuncia que se está trabajando en la modificación de la Orden Ministerial 2105/2012 para adaptarla a las novedades introducidas en la LOEPSF, y que en cuanto se disponga de un texto definitivo, previo informe de la CNAL, se  recabará  la necesaria valoración de COSITAL al respecto.
Sobre la  operatividad de las aplicaciones informáticas para remisión de formularios, la Secretaría General manifiesta que es sensible y consciente de los problemas a los que se enfrentan las entidades locales y, en consecuencia, la plataforma para la recepción de lasliquidaciones de presupuestos se mantendrá accesible pasado el 23 de mayo, si bien aparecerá un mensaje indicando que se ha presentado fuera de plazo, y,  en relación con lainformación de los trimestres segundo y tercero, los formularios serán idénticos a los recogidos en la ejecución del primer trimestre.  Además, sobre la carga masiva de datos directamente de las aplicaciones informáticas de contabilidad, en la actualidad ya se ofrecen funcionalidades de carga masiva en algunos de los formularios de las aplicaciones de captura de presupuestos, liquidaciones y ejecuciones trimestrales de EELL y  sigue trabajando la Secretaría General  en ampliar dichas funcionalidades a un número cada vez mayor de formularios.
Así mismo, se intentará atender nuestra solicitud de establecer un plazo no inferior al mes para la remisión de la información a suministrar, una vez se habiliten las plataformas, aunque los plazos vienen supeditados a lo establecido en la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, y a los requerimientos de información por parte de las instituciones comunitarias.
Respecto a una de nuestras reivindicaciones más reiteradas desde que apareció la citada Orden Ministerial,  la exención del envío de información a las Entidades Locales con población inferior a 5.000 habitantes, es objetivo de Secretaría General introducirla en la citada modificación de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre.
LA COMISIÓN EJECUTIVA

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PRIMERA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


TESORERIA: CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL f

Para poder visualizar el vídeo con las dos ponencias es necesario registrarse previamente en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/6233403354742469634

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La Tesorería Municipal en el contexto actual: descripción, objetivos y funciones. Primera ponencia de D. José Manuel Farfán Pérez en el Webinars CURSO BASICO DE GESTION DE TESORERIA MUNICIPAL organizado por la empresa TAyA el 1-4-2014

SEGUNDA PONENCIA DE JOSE M. FARFAN PEREZ


La Planificación de Tesorería y su relación con la Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera 

Para poder visualizar el vídeo con la ponencia de José M. Farfán Pérez es necesario registrarse previamente en este enlace en este enlace https://attendee.gotowebinar.com/recording/3190806191221010178

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Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector público y Presupuesto de Tesorería

El  "proyecto de ley orgánica de control de la deuda comercial en el sector público" publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el día 4, MODIFICA LA LOEPYSF (LEY ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA):







DOCUMENTO PROYECTO LEY

Y AFECTA A UNA NUEVA REGULACION DE LOS PRESUPUESTOS DE TESORERIA:

incluye un nuevo apartado 6 en el artículo 13, con la siguiente redacción:
«Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. 

Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente:

a)El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. 

b)El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incrementode ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo quefija la normativa sobre morosidad.»

GESTIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. José Manuel Farfán Pérez

Gestión de tesoreria municipal


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Es necesario para el estudio de la Tesorería Municipal tener algunas nociones de lo que es el Sistema Financiero (su conocimiento es esencial como parte integrante de este), así como los mercados financieros donde las Tesorerías municipales realizan sus funciones de activos y pasivos financieros propio de sus funciones.

La expresión « gestión financiera » hace referencia de forma genérica al “dinero” en sus diversas modalidades. Si a esta primera idea aproximativa se añade la de que es prácticamente el único medio de utilizar los recursos futuros en el presente a través del crédito, se habrán configurado los rasgos fundamentales de esta gestión, al menos desde el punto de vista del responsable financiero de una empresa o entidad pública.


La gestión financiera en un sentido amplio constituye todos los recursos financieros, tanto los provenientes del ciclo de cobro y pagos (tesorería), como los necesarios en el proceso de inversión-financiación (operaciones activas-pasivas). Por ello a la Tesorería Municipal le corresponden todos los recursos financieros, sean fondos valores o créditos de un Municipio. 

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  • Publicación: 25/11/2013
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